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Inhabilitación Profesional

Inhabilitación Profesional

Se garantiza el pago de una indemnización mensual en el supuesto de que el asegurado sea condenado por sentencia judicial firme en un procedimiento penal, a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, de acuerdo con lo establecido en el vigente Código Penal y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que la Reclamación que diera origen a la Inhabilitación profesional se produzca dentro de período de Seguro.
  • Que el procedimiento judicial se siga con motivo del ejercicio profesional de Arquitecto.
  • Que la condena al asegurado sea consecuencia de una imprudencia profesional.
  • Que la condena provenga de un procedimiento penal por sentencia judicial firme.
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